El precandidato presidencial Daniel Quintero Calle, exalcalde de Medellín, vive uno de los momentos más trascendentales para poder participar en las próximas elecciones presidenciales.
Este
martes, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ordenó a la Registraduría Nacional
del Estado Civil que acepte de forma inmediata la inscripción de su comité
promotor de firmas, lo que abre la puerta a que pueda presentarse como
candidato bajo la modalidad de “grupo significativo de ciudadanos”.
Quintero
presentó su intención de aspirar por firmas bajo el movimiento que agrupa a
“Independientes” o el comité denominado “Reset Total Contra el Narco y los
Corruptos”. Sin embargo, su camino no ha estado exento de obstáculos. Los hechos clave:
El
28 de octubre de 2025 acudió a la Registraduría para inscribir su comité
recolector de firmas, pero no se le permitió el ingreso.
La
Registraduría solicitó al CNE que se pronunciara sobre la viabilidad legal de
su inscripción, dado que Quintero había sido incluido en el tarjetón de la
consulta de la coalición Pacto Histórico, lo que podría configurarle doble
militancia o inhabilitación.
Al
mismo tiempo, expertos en derecho electoral advierten que la participación
previa en una consulta interna podría impedir que Quintero tenga éxito de una candidatura avalada por firmas.
¿Qué
decidió el CNE?
El
CNE fue tajante que la Registraduría debe aceptar la inscripción del comité de
firmas de Quintero y permitir que este avance en la recolección del apoyo
ciudadano. Aunque el análisis de fondo sobre si existe o no una inhabilitación
legal será posterior, el trámite inmediato se desbloquea. Este mandato permite
que Quintero ejerza derechos políticos que parecían estar en vilo.
Con
la luz verde, Quintero tiene ahora poco más de un mes para reunir las firmas
requeridas que le permitan formalizar la candidatura presidencial. La ley
electoral de Colombia establece que los comités de firmas deben presentarse y
recolectar el número de apoyos dentro de los plazos fijados para las elecciones
de 2026.
Pero los retos no terminan:
Deberá
asegurarse de que su inscripción no sea impugnada por motivos de inhabilidad o
doble militancia.
Debe
movilizar una estructura para la recolección de firmas, en medio del cronograma
electoral ajustado.
Debe
enfrentar la opinión pública y la oposición que lo cuestiona por su renuncia a
la consulta de la izquierda y los efectos que ello puede tener.
El
mecanismo de las candidaturas por firmas sigue siendo una vía esencial de
participación ciudadana, pero sometida a barreras jurídicas y procedimentales.
La
ley 1475 de 2011 —que regula las consultas internas de partidos y los
movimientos por firmas— plantea restricciones que pueden devenir en
inhabilidades según la interpretación.
El caso de Quintero también evidencia tensiones dentro de la izquierda colombiana: su salida de la consulta del Pacto Histórico y su decisión de ir por fuera generan cuestionamientos sobre lealtades políticas, estrategias y unidad del bloque progresista.


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