¡La Comisión de Acusación debe desaparecer!
Por Julio Bahamon Vanegas
Durante más de treinta años, la Comisión de Acusación de la
Cámara de Representantes ha sido el refugio perfecto de la impunidad
presidencial. Nació con la Constitución de 1991 para garantizar un control
político serio sobre el jefe de Estado y otros altos funcionarios. Pero en la
práctica se convirtió en lo contrario: en un instrumento de protección
partidista que protege a quienes deberían rendir cuentas ante la ley.
Desde su creación, ningún presidente ha sido acusado ni
sancionado. Las denuncias duermen por años en los anaqueles del Congreso y las
investigaciones se diluyen entre favores políticos, componendas y silencios
cómplices. Por eso, no es exagerado decir que esta comisión ha sido, y es, hoy
en día, un órgano inútil y corrupto que avala la irresponsabilidad pública.
Ejemplo de institución de investigación y acusación
electoral ha sido, por el contrario, el Consejo Nacional Electoral y lo
demostró recientemente con su fallo implacable contra la campaña de Petro
presidente, acusando a sus gerentes, trasladando sus pesquisas a organismo
encargados para su formal acusación y castigo.
Lo que nunca tuvo sentido fue que un organismo de naturaleza
política, compuesto por representantes elegidos por los mismos partidos que
eligieron al presidente de la república, sea el encargado de investigar su
conducta y actuaciones.
Por esa razón se impone una reforma constitucional urgente;
trasladar la función investigativa y acusatoria al órgano judicial competente,
la Corte Suprema de Justicia, que cuenta con independencia, rigor técnico y
autoridad moral. En uno de mis artículos anteriores decía que, por menos de la
tercera parte de los escándalos de corrupción y acusaciones que se han
formulado contra Gustavo Petro, ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes,
y la mitad de los señalamientos de incompetencia mental y moral, en el Perú ya
lo habrían destituido por indigno para ejercer el cargo.
La propuesta debe ser reformar el artículo 178 de la
Constitución y los artículos 337 y 339 de la ley 5 de 1992 para suprimir esa
inoperante y vergonzosa Comisión de Acusación. A eso debe apuntarle el nuevo
congreso de la república que deberá elegirse en marzo de 2026.
Un presidente no puede seguir siendo juzgado por sus
aliados, sino por los jueces de la república. La Comisión de Acusación de 1991
es una talanquera que se le puso al equilibrio de los poderes del Estado. El
poder ejecutivo debe responder ante la ley, razón por la que, la Comisión de
Acusación debe desaparecer.
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