Tribunal
Superior de Neiva impuso cinco días de arresto y multa a la jueza que lleva el
juicio por el crimen de la niña María Camila Plazas Luna, ante reiteradas
fallas que han frustrado las audiencias y podrían derivar en la libertad del
acusado por vencimiento de términos.
El
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva ordenó el arresto por cinco
días de la jueza Primera Penal del Circuito de Pitalito, Martha Lucía Muñoz
Gómez, al declararla en desacato de una acción de tutela relacionada con el
proceso penal que se adelanta por el asesinato de la niña María Camila
Plazas Luna, ocurrido el 27 de enero de 2023 en Pitalito.
La
decisión se origina en la reiterada dilación de audiencias del juicio oral
contra Jonathan Francisco García Tapias, acusado del crimen, situación
que ha generado una grave dilación procesal y mantiene latente la posibilidad
de que el procesado recupere su libertad por vencimiento de términos.
Según el
alto tribunal, la jueza incumplió una orden judicial que le exigía garantizar la
realización efectiva de las audiencias programadas, enviar las citaciones con
al menos cinco días de antelación y no admitir causales de aplazamiento. “No
resulta aceptable que en un proceso en el que se juzgan delitos cometidos
contra una menor de edad, el juzgado incurra en deficiencias logísticas que
frustren las diligencias judiciales”, señaló el magistrado Alberto Poveda
Perdomo.
Tutela y desacato
La acción
de tutela fue interpuesta por Esperanza Luna Valderrama, madre de la
menor asesinada, a través de su abogado Miguel Guaqueta, contra el
Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito, el Instituto Nacional
Penitenciario y Carcelario (Inpec) y el Establecimiento Penitenciario y
Carcelario de Mediana Seguridad de Jamundí, por la presunta vulneración del
derecho fundamental al debido proceso.
En la
tutela se denunció la existencia de maniobras dilatorias atribuibles tanto al
despacho judicial como al Inpec y a la Fiscalía 24 Seccional de Pitalito, que
podrían derivar no solo en la libertad del acusado, sino incluso en la
prescripción de uno de los delitos investigados.
El
Tribunal Superior de Neiva amparó los derechos invocados y ordenó a la jueza
hacer efectivas las audiencias de juicio oral fijadas para varias fechas entre
noviembre de 2025 y julio de 2026, así como todas aquellas que se programaran
con posterioridad. Igualmente, impartió órdenes al fiscal del caso y a las
autoridades penitenciarias para garantizar la presencia del acusado en las
diligencias.
Sin
embargo, ante el incumplimiento de estas órdenes, la madre de la víctima
promovió un incidente de desacato el 9 de diciembre de 2025.
Audiencia frustrada y falta de respuesta
El
incidente se centró en lo ocurrido durante la audiencia programada para el 28
de noviembre de 2025. De acuerdo con el tribunal, el centro carcelario de Girón
(Santander), donde se encontraba recluido García Tapias, realizó la conexión
virtual del privado de la libertad desde las 2:20 de la tarde, diez minutos
antes de la hora fijada para la diligencia.
No
obstante, el juzgado no permitió el ingreso a la sala virtual ni respondió
oportunamente a las solicitudes del establecimiento penitenciario. Solo hasta
las 2:57 de la tarde se remitió el enlace de conexión, momento en el cual el
centro de reclusión presentó una falla general de energía que impidió continuar
con la audiencia.
A ello se
sumó el hecho de que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito guardó
silencio frente al requerimiento del tribunal dentro del incidente de
desacato, sin ofrecer explicación o justificación alguna por lo ocurrido.
Sanción y advertencia
Al
resolver el incidente, el magistrado Poveda Perdomo concluyó que la jueza no
actuó con la diligencia exigida, pese a conocer la existencia de una orden
judicial y el riesgo inminente de vencimiento de términos. Por tal razón, la
declaró en desacato y le impuso una multa equivalente a cinco salarios
mínimos legales mensuales vigentes, además del arresto por cinco días,
sanción que deberá ser confirmada en grado de consulta por la Sala de Casación
Penal de la Corte Suprema de Justicia.
De
confirmarse la decisión, se ordenará a la Policía de Pitalito ejecutar el
arresto. La multa deberá ser pagada con recursos propios de la funcionaria, so
pena de iniciar cobro coactivo.
Riesgo de libertad por vencimiento de términos
El
abogado de las víctimas, Miguel Guaqueta, advirtió que es altamente probable
que la Corte Suprema confirme la sanción y alertó sobre la crítica situación
del proceso. Según explicó, desde la instalación del juicio oral a mediados de
2025 solo se ha practicado el testimonio de un testigo, la abuela de la menor,
sin avances sustanciales en la etapa probatoria.
A su
juicio, los tiempos judiciales hacen casi inevitable que el acusado recupere la
libertad por vencimiento de términos hacia finales de marzo. “Las audiencias se
programan por lapsos muy cortos y con meses de diferencia entre una y otra, lo
que impide materialmente llegar a una sentencia en primera instancia dentro del
plazo legal”, señaló.
El caso
ha generado profunda indignación entre los familiares de la víctima y reabre el
debate sobre las fallas estructurales en la administración de justicia,
especialmente en procesos sensibles que involucran delitos contra menores de
edad.
Con información de La Nación.


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