El alto tribunal dejó sin efecto la sentencia condenatoria que había emitido el Tribunal Superior de Neiva en 2024 y confirmó la absolución dictada inicialmente por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.
La Sala de Casación Penal de
la Corte Suprema de Justicia revocó la condena que en 2024 había sido impuesta
al exalcalde de Altamira, Amín Losada Losada, y confirmó la decisión de primera
instancia que lo había absuelto del delito de contrato sin cumplimiento de
requisitos legales.
Por: Redacción Judicial
La determinación fue adoptada
al resolver la impugnación especial presentada por la defensa del exmandatario
contra la sentencia del 17 de junio de 2024, mediante la cual el Tribunal
Superior de Neiva había condenado por primera vez a Losada y al entonces
tesorero municipal, José Octavio Narváez Tovar.
Los hechos investigados se
remontan a los meses de octubre y noviembre de 2008, cuando Losada ejercía como
alcalde de Altamira. El proceso estuvo relacionado con el manejo de recursos
públicos destinados a actividades programadas con motivo de las celebraciones
por la fundación del municipio, el Día de los Niños y las vacaciones
recreativas.
Según los antecedentes
analizados dentro del proceso, mediante la Resolución 229 del 28 de octubre de
2008 se autorizó un avance de 3.236.773 pesos a nombre del entonces tesorero
municipal, José Octavio Narváez Tovar, para cubrir los gastos asociados a
dichas actividades.
Con estos recursos se
realizaron seis contratos de manera verbal, que posteriormente fueron
respaldados mediante registros presupuestales, certificados de disponibilidad y
órdenes de pago.
Entre los servicios
contratados se encontraban apoyo musical, suministro de alimentos, actividades
recreativas y la elaboración y suministro de una torta.
El proceso llegó hasta la
Corte Suprema
La actuación penal cuestionó
el cumplimiento de los requisitos legales en las contrataciones realizadas
durante aquella administración municipal.
El caso avanzó por las
diferentes instancias judiciales hasta que el Tribunal Superior de Neiva,
mediante sentencia del 17 de junio de 2024, condenó a Losada y Narváez.
Ante esta decisión, la defensa
presentó una impugnación especial, mecanismo que permitió llevar el caso ante
la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para garantizar el
principio de doble conformidad.
Luego de estudiar el recurso,
el alto tribunal decidió revocar la sentencia condenatoria del Tribunal
Superior de Neiva y confirmar el fallo absolutorio que había sido emitido el 27
de marzo de 2020 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.
La decisión de la Corte
Suprema también ordenó la libertad inmediata e incondicional de José Octavio
Narváez Tovar y, en caso de haberse hecho efectiva una orden de captura contra
Amín Losada Losada, su libertad, siempre que ninguno de los dos fuera requerido
por otra autoridad judicial por un motivo diferente.
Asimismo, el alto tribunal
dispuso cancelar las medidas cautelares y las anotaciones o antecedentes
judiciales que se hubieran derivado de esta actuación penal.
De esta manera, la decisión de
la Corte deja sin efectos jurídicos la condena impuesta en segunda instancia y
mantiene vigente la absolución dictada originalmente por el Juzgado Primero
Penal del Circuito de Garzón.
Reacción del exalcalde
Tras conocerse la decisión,
Amín Losada expresó su satisfacción y manifestó que tanto el Juzgado del
Circuito de Garzón como la Corte Suprema de Justicia terminaron dándole la
razón dentro del proceso.
El exmandatario también afirmó
que no reconoce enemigos y que continuará adelante luego del fallo adoptado por
el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria.
Con la decisión de la Sala de
Casación Penal, la Corte Suprema de Justicia puso fin a la condena que pesaba
contra Amín Losada Losada por este proceso y confirmó su absolución, al igual
que la de José Octavio Narváez Tovar. El alto tribunal ordenó además cancelar
las medidas y registros derivados de la actuación, dejando sin efecto las
consecuencias jurídicas de la sentencia condenatoria de 2024.


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