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jueves, 13 de agosto de 2026

CORTE SUPREMA REVOCA CONDENA Y ABSUELVE AL EXALCALDE DE ALTAMIRA AMÍN LOSADA.

 

El alto tribunal dejó sin efecto la sentencia condenatoria que había emitido el Tribunal Superior de Neiva en 2024 y confirmó la absolución dictada inicialmente por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.

 

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la condena que en 2024 había sido impuesta al exalcalde de Altamira, Amín Losada Losada, y confirmó la decisión de primera instancia que lo había absuelto del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

 

Por: Redacción Judicial 


La determinación fue adoptada al resolver la impugnación especial presentada por la defensa del exmandatario contra la sentencia del 17 de junio de 2024, mediante la cual el Tribunal Superior de Neiva había condenado por primera vez a Losada y al entonces tesorero municipal, José Octavio Narváez Tovar.

 

 

Los hechos investigados se remontan a los meses de octubre y noviembre de 2008, cuando Losada ejercía como alcalde de Altamira. El proceso estuvo relacionado con el manejo de recursos públicos destinados a actividades programadas con motivo de las celebraciones por la fundación del municipio, el Día de los Niños y las vacaciones recreativas.

 

Según los antecedentes analizados dentro del proceso, mediante la Resolución 229 del 28 de octubre de 2008 se autorizó un avance de 3.236.773 pesos a nombre del entonces tesorero municipal, José Octavio Narváez Tovar, para cubrir los gastos asociados a dichas actividades.

 

Con estos recursos se realizaron seis contratos de manera verbal, que posteriormente fueron respaldados mediante registros presupuestales, certificados de disponibilidad y órdenes de pago.

Entre los servicios contratados se encontraban apoyo musical, suministro de alimentos, actividades recreativas y la elaboración y suministro de una torta.

 

El proceso llegó hasta la Corte Suprema

 

La actuación penal cuestionó el cumplimiento de los requisitos legales en las contrataciones realizadas durante aquella administración municipal.

 

El caso avanzó por las diferentes instancias judiciales hasta que el Tribunal Superior de Neiva, mediante sentencia del 17 de junio de 2024, condenó a Losada y Narváez.

 

Ante esta decisión, la defensa presentó una impugnación especial, mecanismo que permitió llevar el caso ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para garantizar el principio de doble conformidad.

 

Luego de estudiar el recurso, el alto tribunal decidió revocar la sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Neiva y confirmar el fallo absolutorio que había sido emitido el 27 de marzo de 2020 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.

 

 

La decisión de la Corte Suprema también ordenó la libertad inmediata e incondicional de José Octavio Narváez Tovar y, en caso de haberse hecho efectiva una orden de captura contra Amín Losada Losada, su libertad, siempre que ninguno de los dos fuera requerido por otra autoridad judicial por un motivo diferente.

 

Asimismo, el alto tribunal dispuso cancelar las medidas cautelares y las anotaciones o antecedentes judiciales que se hubieran derivado de esta actuación penal.

 

De esta manera, la decisión de la Corte deja sin efectos jurídicos la condena impuesta en segunda instancia y mantiene vigente la absolución dictada originalmente por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.

 

Reacción del exalcalde

 

Tras conocerse la decisión, Amín Losada expresó su satisfacción y manifestó que tanto el Juzgado del Circuito de Garzón como la Corte Suprema de Justicia terminaron dándole la razón dentro del proceso.

 

El exmandatario también afirmó que no reconoce enemigos y que continuará adelante luego del fallo adoptado por el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria.

 

Con la decisión de la Sala de Casación Penal, la Corte Suprema de Justicia puso fin a la condena que pesaba contra Amín Losada Losada por este proceso y confirmó su absolución, al igual que la de José Octavio Narváez Tovar. El alto tribunal ordenó además cancelar las medidas y registros derivados de la actuación, dejando sin efecto las consecuencias jurídicas de la sentencia condenatoria de 2024.

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