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martes, 11 de agosto de 2026

SECRETARÍA DE SALUD DEL HUILA RESPALDA INSPECCIÓN AL HOSPITAL SAN FRANCISCO JAVIER DE ACEVEDO.

La Gobernación requirió al hospital permitir, sin dilaciones ni restricciones, las visitas de inspección, vigilancia y seguimiento adelantadas por las autoridades sanitarias municipales.

 

La Secretaría de Salud Departamental del Huila respaldó las competencias de la Secretaría de Salud Municipal de Acevedo para adelantar labores de inspección, vigilancia y control en la E.S.E. Hospital San Francisco Javier, luego de que se presentaran dificultades para el ingreso de funcionarios municipales encargados de realizar verificaciones sobre la prestación de los servicios de salud.


Por: Redacción Huila 

 

La controversia quedó consignada en varias comunicaciones oficiales de la Secretaría de Salud Departamental, fechadas el 5 y el 10 de agosto de 2026, en las que se requirió al centro asistencial permitir el desarrollo de las visitas programadas y facilitar la información necesaria para las actuaciones de control sanitario.

 

El origen de la controversia

 

De acuerdo con la documentación oficial, la Secretaría de Salud Municipal de Acevedo informó al Departamento sobre la negativa del Hospital San Francisco Javier para permitir el ingreso de los funcionarios encargados de realizar actividades de inspección, vigilancia y seguimiento.

 

Entre los argumentos expuestos por el hospital estaría la presunta falta de idoneidad del equipo verificador designado por la administración municipal y la consideración de que determinadas revisiones debían realizarse bajo la figura de una “auditoría médica entre pares”.

 

Ante esta situación, la Secretaría de Salud Departamental precisó que las actuaciones de inspección y vigilancia de la autoridad sanitaria territorial corresponden a un procedimiento administrativo regulado, sustentado en normas, guías técnicas, listas de chequeo y mecanismos estandarizados de verificación.

 

Por ello, señaló que no resulta procedente equiparar estas actuaciones de control estatal con una controversia académica o clínica entre profesionales.

 

Departamento ordena facilitar las visitas

 

En una de las comunicaciones, el secretario de Salud del Huila, César Germán Roa Trujillo, requirió a la gerencia y al personal administrativo y médico del Hospital San Francisco Javier para que permitan, sin dilaciones, el ingreso, desarrollo e instalación de las comisiones de verificación de rutas de atención y auditoría institucional programadas por la Secretaría de Salud Municipal.

 

El requerimiento también ordena al hospital abstenerse de imponer condicionamientos relacionados con la conformación del equipo verificador o invocar la figura de auditoría entre pares para impedir o retrasar las visitas institucionales.

 

De igual manera, se solicitó facilitar el acceso a las historias clínicas, registros de seguimiento de programas, documentos institucionales y demás información requerida, así como garantizar la presencia del personal necesario durante las diligencias.

 

La Secretaría Departamental concedió un término perentorio de ocho días hábiles, contados a partir de la notificación de la comunicación, para dar cumplimiento a lo ordenado y coordinar formalmente con la Secretaría de Salud Municipal el ingreso de la comisión de verificación.

 

Competencias de la Secretaría de Salud Municipal

 

El pronunciamiento departamental señala que, dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la Secretaría de Salud Departamental ejerce funciones de dirección y coordinación general en su jurisdicción, además de competencias de asistencia técnica, inspección, vigilancia y control.

 

A su vez, la Secretaría de Salud Municipal de Acevedo tiene a su cargo la dirección de la salud pública en el territorio municipal, incluyendo la ejecución del Plan de Intervenciones Colectivas, la auditoría del aseguramiento, el seguimiento técnico a la prestación de los servicios y la verificación del cumplimiento de las Rutas Integrales de Atención en Salud.

 

El Departamento enfatizó que estas competencias se ejercen bajo los principios de coordinación, concurrencia, subsidiariedad y colaboración armónica entre las entidades públicas.

 

No se pueden imponer barreras al control sanitario

 

Uno de los puntos centrales del pronunciamiento es que las entidades prestadoras de servicios de salud, tanto públicas como privadas, tienen el deber de colaborar con las autoridades sanitarias y permitir el desarrollo de las actuaciones oficiales de inspección, vigilancia y control.

 

La Secretaría Departamental sostuvo que las actuaciones de la autoridad sanitaria no pueden quedar supeditadas a la autorización o aceptación de la entidad que es objeto de vigilancia.

 

En ese sentido, advirtió que establecer barreras administrativas, dilatar las visitas o condicionar la conformación de los equipos verificadores desnaturalizaría el ejercicio del control administrativo público y carecería de sustento dentro del ordenamiento jurídico.

 

La administración departamental también recordó que la salud constituye un servicio público esencial y que su dirección, organización, reglamentación, vigilancia y control corresponden al Estado, bajo el propósito fundamental de garantizar la protección de la vida y el derecho a la salud de la población.

 

La Secretaría Municipal continuará con las verificaciones

 

Tras conocer el pronunciamiento departamental, la Secretaría de Salud Municipal de Acevedo señaló que continuará ejerciendo sus competencias de inspección, vigilancia y seguimiento, bajo los parámetros establecidos por la legislación colombiana.

 

Para la administración municipal, el pronunciamiento del Departamento despeja las dudas planteadas alrededor de la competencia de los funcionarios encargados de las verificaciones y ratifica que el control sanitario constituye una función pública orientada a proteger los derechos de los usuarios.

 

El caso pone nuevamente sobre la mesa la importancia de garantizar que las autoridades sanitarias territoriales puedan realizar sus labores de vigilancia de manera efectiva, especialmente cuando se trata de verificar las condiciones en las que se prestan servicios fundamentales a la comunidad.

 

La Secretaría de Salud del Huila respaldó formalmente las actuaciones de la autoridad sanitaria de Acevedo y requirió al Hospital San Francisco Javier facilitar las visitas de inspección y proporcionar la información necesaria para las verificaciones.

 

El pronunciamiento establece que el control sanitario es una función pública y no puede ser obstaculizado mediante barreras administrativas o condicionamientos impuestos por la institución objeto de vigilancia. Ahora, el hospital deberá atender el requerimiento departamental dentro del término establecido y permitir el desarrollo de las actuaciones programadas.







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