Las autoridades político-administrativas y militares coordinarán las acciones de vigilancia del PMU para salvaguardar el orden constitucional en la jornada electoral.
El alcalde encargado,
Francisco Javier Cardozo Tovar, sancionó el Decreto 179 de 2026 que prohíbe el
expendio de bebidas embriagantes, restringe el parrilero y el transporte de
escombros, y activa un riguroso Puesto de Mando Unificado (PMU) para asegurar
el orden público en el Valle de Laboyos.
Actualidad Pitalito
Con el firme propósito de
garantizar el normal desarrollo, la transparencia y la seguridad durante la
primera vuelta de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la
República, la Alcaldía Municipal de Pitalito expidió formalmente rigurosas
medidas de orden público que regirán en toda la jurisdicción antes, durante y
después del certamen electoral del próximo domingo 31 de mayo de 2026. La
normativa, concertada de primera mano en mesas de seguridad vial y electoral,
busca blindar el ejercicio democrático en el municipio y prever cualquier
factor de alteración ciudadana.
A través del Decreto Municipal
No. 179 de 2026, fechado el 21 de mayo de este año y firmado por el alcalde
encargado, el doctor Francisco Javier Cardozo Tovar (quien asumió funciones
delegadas mediante el Decreto No. 177), se fijó el compendio de prohibiciones.
La base de estas directrices se acoge al artículo 206 del Decreto Ley 2241 de
1986 y a la reciente Resolución No. 2580 de la Registraduría Nacional del
Estado Civil, que traza la hoja de ruta para el periodo constitucional
2026-2030.
La restricción de mayor
impacto comunitario corresponde a la tradicional "Ley Seca". El
Artículo 2° del decreto establece la prohibición estricta del expendio,
distribución, consumo y venta de bebidas alcohólicas en establecimientos
comerciales, espacios públicos, tiendas, bares, restaurantes y discotecas de
todo el municipio. Esta medida iniciará formalmente a partir de las 6:00 p.m.
del sábado 30 de mayo y se extenderá hasta las 6:00 a.m. del lunes 1 de junio
de 2026. Las autoridades advirtieron que quienes infrinjan esta disposición se
enfrentarán a severas sanciones contempladas en el Código Nacional de Seguridad
y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016).
De forma complementaria, el
artículo 3° blinda el perímetro de los puestos de votación. Se prohíbe
taxativamente el estacionamiento de cualquier tipo de vehículos, motocicletas,
bicicletas o motocarros frente o en las inmediaciones de los recintos de sufragio
y escrutinio. Dicha restricción vial operará desde las 5:00 a.m. del domingo 31
de mayo hasta las 5:00 a.m. del lunes posterior, exceptuando únicamente a los
automotores adscritos a la Registraduría, la Fuerza Pública, los organismos de
socorro y el personal médico institucional.
Asimismo, de cara a neutralizar incidentes de orden público, el decreto veda de manera temporal el porte de armas de fuego, traumáticas, neumáticas, de fogueo o similares. También restringe el transporte de escombros, madera, llantas y sustancias químicas o inflamables que puedan ser manipuladas para alterar la tranquilidad local o bloquear los ejes viales del municipio. Queda igualmente prohibido el perifoneo y cualquier tipo de propaganda electoral o manifestaciones públicas el día de la votación.
Finalmente, el estatuto ordena la activación e instalación formal de un Puesto de Mando Unificado (PMU) a partir de las 4:00 p.m. del viernes 29 de mayo, extendiéndose de manera ininterrumpida hasta las 6:00 a.m. del lunes 1 de junio.
En esta mesa técnica operarán
de manera conjunta la Secretaría de Gobierno e Inclusión Social, la Policía
Nacional, el Ejército Nacional, la Personería Municipal, las Comisarías de
Familia y el Cuerpo Oficial de Bomberos de Pitalito. Las autoridades hicieron
un llamado a la cordura y al civismo, recordando que el incumplimiento de estas
disposiciones acarreará no solo multas correctivas, sino los procesos penales y
disciplinarios que determine la ley en caso de resistencia a la autoridad.





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