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domingo, 12 de julio de 2026

PARAPETO. - EL ABUSO Y DESVÍO DE PODER.

 

Para blindar personas y debilitar instituciones.

Por: Julio Bahamon

Hay decisiones que terminan lesionando el espíritu de la democracia. Una de ellas consiste en modificar las reglas de juego cuando un gobierno ya ha sido derrotado en las urnas, al que acuden los perdedores para asegurar la permanencia de sus propios funcionarios.


Eso acaba de ocurrir en la Electrificadora del Huila con la reciente reforma de los estatutos de la entidad. Se busca la continuidad de la actual gerente sin tener en cuenta si su gestión ha dado los resultados esperados, pues el verdadero debate es muchos más profundo: la junta directiva saliente decidió utilizar las mayorías que aún conserva, con el gobernador Villalba presente, para dejar “sembrada” a la Dra. Nika Cuellar como gerente de la empresa más importante del departamento. Si el gobernador, según me han dicho no estuvo de acuerdo con la decisión de la Junta Directiva, esta obligado a demandar el acto administrativo. Si no lo hace, seria cómplice.  Con esa medida se abre una peligrosa puerta al desvío del poder para favorecer los intereses de una persona. Mañana cualquier gobierno derrotado procederá de la misma manera. Antes de abandonar el poder modificara estatutos, reglamentos y manuales de funciones: creara periodos fijos donde no existían para favorecer a determinados funcionarios y convertir las entidades públicas en fortines políticos.


Ese no es el Estado de Derecho que consagra la Constitución. Lo que ha hecho la junta directiva de la Electrificadora del Huila al cambiar los estatutos para favorecer a la Gerente Cuellar, no es un acto de buen gobierno, es un flagrante abuso de poder que debe ser reparado por los tribunales Contenciosos Administrativos a fin de que regrese la normalidad a la entidad. Ese comportamiento tiene nombre en derecho administrativo: Desviación de poder. No es suficiente decir que la junta directiva tenía la competencia, por otro desvío de poder anterior, sino que se debe establecer cual fue la finalidad de esa reforma. A mi modo de entender, esa decisión es ilegitima pues su propósito es impedir que la nueva administración que ganó las elecciones ejerza las competencias que les corresponden.


Ese proceder desnaturaliza la función pública. Ojo señor Procurador general de la nación. Las instituciones no pertenecen a los gobiernos. Mucho menos a los funcionarios que las administran. Las entidades pertenecen a la Nación.


No deja de llamar la atención que, los nuevos requisitos y el periodo fijo de cuatro años coincidan con el perfil de La actual gerente. Por lo que la reforma se convirtió en un “traje a la medida” de una persona.


“El abuso del poder no siempre se manifiesta en la violación de la ley, sino en la utilización de la ley para fines distintos de aquellos para los cuales fue concebida” (Carlos Lleras Restrepo).  Gracias, Julio Bahamon.

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