La decisión fue adoptada por
la Sala Cuarta de la corporación judicial, luego de analizar los argumentos
presentados por los demandantes, quienes sostenían que durante el proceso de
elección se habrían presentado presuntas irregularidades que, a su juicio,
afectaban la legalidad del nombramiento.
Entre los principales
cuestionamientos figuraba una supuesta inhabilidad de Díaz Sterling por haberse
desempeñado como Notario Único del municipio de Aipe antes de su elección.
También se alegó que la entrevista a los aspirantes y la elección se realizaron
el mismo día, que la Asamblea utilizó el voto secreto en la votación, que
existió una presunta injerencia política durante el proceso y que la posesión
del funcionario se habría efectuado de manera extemporánea.
Sin embargo, tras estudiar las
pruebas y la normatividad aplicable, el Tribunal concluyó que ninguno de esos
argumentos logró demostrar la configuración de una causal de nulidad electoral.
En la sentencia, la Sala
precisó que la elección se desarrolló conforme al régimen especial que regula
la designación de los contralores territoriales, establecido en la
Constitución, la Ley 1904 de 2018 —aplicable por remisión a estos procesos— y
las disposiciones que reglamentan los procedimientos adelantados por las
asambleas departamentales.
Respecto a la presunta
inhabilidad, el fallo determinó que el ejercicio del cargo de notario no
configura la incompatibilidad alegada por los demandantes para aspirar al cargo
de contralor departamental. De igual manera, señaló que el reglamento interno de
la Asamblea Departamental autorizaba la utilización del voto secreto para este
tipo de elecciones, por lo que dicho mecanismo no vulneró las normas que
regulan el proceso.
La corporación judicial
también concluyó que las presuntas irregularidades relacionadas con la posesión
del funcionario no tienen incidencia sobre la validez del acto administrativo
de elección, por tratarse de actuaciones posteriores e independientes del
procedimiento mediante el cual fue escogido el contralor.
En la parte resolutiva, el
Tribunal Administrativo del Huila resolvió negar las pretensiones de las
demandas acumuladas, abstenerse de imponer condena en costas y ordenar el
archivo del expediente una vez la decisión quede ejecutoriada.
Con este fallo, Wilson Díaz Sterling continúa plenamente habilitado para ejercer como contralor departamental del Huila durante el período 2026–2029, al quedar respaldada judicialmente la legalidad de su elección. No obstante, la decisión podrá ser objeto de los recursos previstos por la ley ante el máximo órgano de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en caso de que alguna de las partes decida interponerlos.


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