La decisión ordena que Edgar Prada Sterling se abstenga de intervenir en la evaluación del desempeño de la gerente de la E.S.E. Hospital San Francisco Javier de Acevedo correspondiente al período 2025. La Presidencia de la República deberá designar un alcalde ad hoc para asumir esa función.
Por: Redacción Huila
La Procuraduría Regional de
Instrucción del Huila aceptó la recusación presentada por la gerente de la
E.S.E. Hospital San Francisco Javier de Acevedo, Karoll Ximena Carvajal
Quintero, contra el alcalde del municipio, Edgar Prada Sterling, quien además
preside la Junta Directiva del centro asistencial.
La decisión, adoptada mediante
providencia suscrita por el procurador regional del Huila, Jorge Antonio
Vásquez Subiroz, ordena que el mandatario municipal se aparte del proceso de
evaluación del desempeño de la gerente correspondiente al período gerencial
2025, al considerar configurada una causal que compromete la imparcialidad en
dicho procedimiento.
Denuncia penal motivó la
recusación
De acuerdo con el documento
oficial, la recusación fue presentada por la gerente de la E.S.E. con
fundamento en que formuló una denuncia penal contra el alcalde Edgar Prada
Sterling, situación que constituye una de las causales previstas en la Ley 1437
de 2011 para apartar a un servidor público del conocimiento de un asunto cuando
pueda verse comprometida su objetividad.
Según la información
suministrada por la denunciante, la acción penal está relacionada con la
presunta comisión del delito de acoso sexual, además de señalar posibles hechos
de acoso laboral, circunstancias que fueron puestas en conocimiento de las
autoridades competentes.
La Procuraduría precisó que la
medida busca garantizar los principios de imparcialidad, transparencia y debido
proceso, así como la protección de los derechos de las partes involucradas
durante el proceso administrativo.
Alcalde no podrá intervenir en
la evaluación
En la parte resolutiva de la
providencia, el Ministerio Público ordenó al alcalde abstenerse de conocer,
intervenir, orientar, deliberar, presidir o votar, de manera directa o
indirecta, cualquier actuación relacionada con la evaluación del período
gerencial 2025 de la gerente de la E.S.E. Hospital San Francisco Javier de
Acevedo.
Como consecuencia de esa
decisión, la Procuraduría dispuso remitir el expediente a la Presidencia de la
República, con el fin de que designe un alcalde ad hoc, quien asumirá
temporalmente la presidencia de la Junta Directiva del hospital únicamente para
adelantar el procedimiento de evaluación del desempeño de la gerente.
También fue remitida
recusación contra la secretaria de Salud
La decisión del Procurador
Regional igualmente da trámite a la recusación formulada contra la secretaria
de Salud de Acevedo, Mónica Andrea Luna Muñoz, quien, según la solicitud
presentada por la gerente del hospital, habría incurrido presuntamente en
conductas constitutivas de acoso laboral.
En este caso, la Procuraduría
remitió el asunto por competencia al despacho del alcalde municipal para que,
como superior jerárquico de la funcionaria, adopte la decisión correspondiente
conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011.
Decisión de obligatorio
cumplimiento
La providencia dispone además
comunicar la decisión a la Junta Directiva de la E.S.E., al Municipio de
Acevedo y al gobernador del Huila para su conocimiento y cumplimiento.
El acto administrativo
advierte que contra esta decisión no procede recurso alguno, por lo que sus
efectos son de aplicación inmediata.
Con esta determinación, la Procuraduría Regional del Huila busca preservar las garantías de imparcialidad dentro del proceso de evaluación de la gerente del hospital y evitar que la existencia de una controversia judicial entre las partes pueda afectar el desarrollo de una actuación administrativa de carácter institucional.


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