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martes, 27 de agosto de 2024

ÁLVARO URIBE IRÁ A JUICIO

 


En una audiencia que no duro más de 30 minutos, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión del Juzgado 44 penal del Circuito de Conocimiento y negó la nulidad del proceso.

 

Según el veredicto, el caso seguirá sin posibilidad de presentar recursos adicionales.

 

En una audiencia que comenzó a las 9 de la mañana, el Tribunal Superior de Bogotá negó la nulidad interpuesta por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez por presuntas irregularidades en su derecho de defensa. Con esto, el caso seguirá en manos del juez 44 de conocimiento.

 

En la audiencia se puedo escuchar: “De manera inmediata para que continúe el trámite procesal en lo que corresponde decisión numérica del expuesto el Tribunal Superior de Bogotá hasta la decisión penal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley resuelve: primero confirmar en lo que fue materia de apelación la decisión del 24 de mayo del 2024 mediante la cual el juzgado 44 Penal del Circuito con funciones de conocimiento Bogotá negó a la defensa técnica la nulidad de lo actual. Segundo contra esta decisión no procede recurso alguno, notifíquese”.

 


El Tribunal dejo claro que el expresidente Álvaro Uribe Vélez seguirá siendo juzgado, al desechar la solicitud de nulidad presentada por su defensa. Esta decisión ratifica que el proceso contra el exmandatario, acusado de soborno y fraude procesal, avanza a la siguiente fase.

 

El fallo del tribunal se suma al rechazo previo de la jueza 44 penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, quien ya había denegado la nulidad solicitada por la defensa de Uribe, que pedía iniciar el proceso desde la fase de imputación de cargos. Según el juez, no se vulneró el principio de congruencia jurídica, ya que la imputación puede ajustarse en la acusación.

 

Jaime Granados, abogado defensor de Uribe, había argumentado que la indagatoria no permitió a su cliente ejercer plenamente su defensa al no precisar los hechos investigados. Argumentó que era necesario detener el avance del juicio y reanudarlo desde la imputación de cargos, asegurando claridad sobre los delitos imputados.

 

Pese a los argumentos presentados por Granados, el Tribunal Superior de Bogotá concluyó que la indagatoria realizada en 2019 durante la ley 600 era equiparable a una imputación de cargos de la ley 906, ya que en ella se comunicaron claramente los hechos relevantes por los cuales Uribe estaba siendo investigado.

 

La jueza Heredia había señalado en sus argumentos que la indagatoria incluía la identificación adecuada de Uribe, la exposición del núcleo fáctico de la acusación y la comunicación de los derechos del procesado. Además, enfatizó que dicha indagatoria no dejó margen a la interpretación de que el imputado no comprendiera los cargos.

 

El Tribunal también respaldó la postura de la jueza Heredia de que la solicitud de nulidad podría interpretarse como una táctica dilatoria para retrasar el proceso. En este sentido, se decidió que no proceden recursos adicionales contra el rechazo de la nulidad, manteniendo la continuidad del juicio.

 

El proceso, que se inaugurará con audiencias preparatorias, reabre un capítulo judicial notable en Colombia, dado el perfil del exmandatario y el impacto político del caso. Las acusaciones contra Uribe, una de las figuras políticas más influyentes de las últimas décadas en el país, incluyen sobornos a testigos y fraude procesal.

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