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martes, 19 de agosto de 2025

TRIBUNAL DE BOGOTÁ REVOCA DETENCIÓN INMEDIATA DE ÁLVARO URIBE

 

El expresidente Álvaro Uribe fue condenado por soborno en actuación penal y fraude procesal.


En un giro inesperado para el caso judicial del exmandatario Álvaro Uribe Vélez, el Tribunal Superior de Bogotá ha revocado la orden de detención inmediata que había emitido en su contra el Juzgado 44 Penal del Circuito. La decisión, que ampara el derecho a la libertad del expresidente, le permite permanecer en libertad mientras se resuelve su recurso de apelación contra la condena de 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

 

Los Hechos que Condujeron a la Detención

 

El pasado 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia, durante la audiencia de sentencia, había ordenado la privación de la libertad de Uribe, argumentando la necesidad de enviar un "mensaje correcto" a la sociedad y el riesgo de que el exmandatario, dado su reconocimiento internacional, pudiera abandonar el país para eludir la justicia. Esta decisión generó un intenso debate en el ámbito legal y político.

 

La jueza Heredia justificó la medida, señalando: "Dadas las ocupaciones que manifestó desarrollar, su gran reconocimiento a nivel internacional, resulta fácil que podrá abandonar el país, para eludir la sanción impuesta". Su fallo buscaba asegurar el cumplimiento de la condena impuesta y evitar cualquier intento de fuga.

 

La Decisión del Tribunal y sus Argumentos

 

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, al revisar una acción de tutela presentada por la defensa de Uribe, ha declarado sin efecto la orden de detención. El Tribunal fundamentó su decisión en varios puntos clave:

 

Ausencia de Riesgo de Fuga: A diferencia del argumento de la jueza, el Tribunal consideró que el comportamiento procesal de Uribe durante todo el caso —incluyendo su asistencia voluntaria a las citaciones— no justifica una detención inmediata. En su opinión, no hay elementos que demuestren un riesgo real de que el expresidente evada la justicia.

 

Subjetividad del Fallo: El Tribunal criticó la decisión de la jueza Heredia por basarse en criterios "subjetivos, genéricos o abstractos", señalando que los jueces no deben restringir garantías fundamentales como la libertad con motivaciones de este tipo. "Al juez no le está dado motivar los proveídos en criterios subjetivos", indicó el documento del Tribunal.

 

Presunción de Inocencia: La Sala Penal subrayó que, hasta que no se resuelva el recurso de apelación, no existe una condena en firme contra Uribe. El Tribunal argumentó que la jueza Heredia había desconocido los principios pro libertatis, pro homine, proporcionalidad y presunción de inocencia al ordenar la detención de manera prematura.

 

Fase Probatoria Concluida: El Tribunal desestimó el argumento de un posible riesgo de manipulación de pruebas, ya que la fase probatoria del caso ya finalizó. Todo el material probatorio ya fue recaudado y valorado, por lo que no existe una amenaza a la integridad del proceso. 



Consecuencias y Próximos Pasos

 

Como resultado de esta decisión, el Tribunal ha ordenado al Juzgado 44 Penal la expedición de una boleta de libertad a favor de Uribe. El exmandatario podrá gozar de su libertad mientras se tramita el recurso de apelación contra la condena.

 

Este recurso será evaluado por el Tribunal Superior de Bogotá, que determinará si ratifica o revoca la condena de 12 años impuesta en primera instancia. La decisión del Tribunal, sin duda, continuará marcando el desarrollo de uno de los casos judiciales más emblemáticos y mediáticos de la historia reciente de Colombia. La prensa y la opinión pública están atentas a la definición de este proceso que podría sentar un precedente importante en el sistema judicial del país.




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Wilfred Trujillo Trujillo - Diputado
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