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miércoles, 29 de noviembre de 2023

REVIVEN MATADEROS MUNICIPALES


El decreto 2016 de 2023, establece la figura de las 'Plantas de Beneficio Animal Categoría de Autoconsumo', las cuales estarán autorizadas por el INVIMA para suministrar carne y productos cárnicos al municipio respectivo. Este movimiento del Gobierno busca, en esencia, descentralizar la producción y distribución de carne, con la esperanza de que la competencia resultante tenga un impacto positivo en los precios para los consumidores.

En términos específicos, el decreto establece criterios rigurosos para la autorización de estas plantas, los cuales deben ser meticulosamente cumplidos por los solicitantes:

1. Ubicación: La planta debe estar ubicada en un municipio de categoría 5ª o 6ª de acuerdo con la Ley 617 de 2000 o aquella que la modifique o sustituya.


2. Que en el municipio donde esté ubicada la planta no se encuentren autorizadas plantas de beneficio animal de categoría nacional.


3. Estar incluido en el Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal.


4. Adoptado en el departamento o que figure como no acogido.


Álvaro Urrea, presidente ejecutivo de la Asociación Frigoríficos de Colombia, ha expresado su desacuerdo, calificando la decisión como un "retroceso histórico". Urrea sostiene que la implementación de esta medida carece de enfoque técnico y que la contribución de estas plantas a la producción total de carne es mínima, no superando el 3% a nivel nacional.


El decreto también contempla la posibilidad de que municipios de categoría cuatro, enfrentando dificultades en el abastecimiento de carne, soliciten la apertura de plantas de autoconsumo. Asimismo, se destaca la autorización para la distribución exclusivamente local y la reevaluación de plantas de beneficio animal categoría nacional a categoría de autoconsumo en municipios de categoría 1, 2 y 3 ante desafíos de abastecimiento.

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