De conformidad con la
Resolución No. 065 expedida el 28 de febrero de 2024 por el Presidente de la
República y en el marco de precisas atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias, la fiscal general de la nación, Luz Adriana Camargo Garzón, suspendió
temporalmente las órdenes de captura contra nueve integrantes de la
autodenominada ‘Segunda Marquetalia’, quienes representarán a ese grupo armado
organizado en la Mesa de Diálogos de Paz con el Gobierno Nacional.
Esta decisión fue
adoptada mediante la Resolución N° 00139 de 12 de abril de 2024, teniendo en
cuenta que, como interprete autorizado de la normativa respecto de los
acercamientos y negociaciones de paz, es al Presidente de la República a quien
exclusivamente le corresponde reconocer el estatus político a un grupo armado
organizado al margen de la ley. Y, además, el Jefe de Estado y de Gobierno está
constitucionalmente facultado para decidir si adelanta diálogos con miras a
lograr acuerdos con tales organizaciones.
Luego de haber revisado la
solicitud y en virtud de lo contemplado en los artículos 2.1.6.1 y ss. del
Decreto 1081 de 2015, la Fiscalía General de la Nación encuentra cumplidos los
presupuestos para proceder con la suspensión temporal de las órdenes de captura.
Esto, bajo el entendido de que, según lo señala el Gobierno Nacional en la
Resolución No. 023 del 22 de febrero del 2024, proferida por el Presidente de
la República: (i) existe una mesa de negociación con el grupo armado organizado
autodenominado Segunda Marquetalia (ii) que el Grupo armado organizado al
margen de la ley designó a estos nueve miembros representantes para participar
en el desarrollo de la Mesa de Diálogos de Paz, y (iii) el Presidente de la
República los reconoce expresamente como miembros-representantes de dicha
organización a través de la Resolución No. 065 de 2024.
En consecuencia, la Resolución
N° 00139 de 2024, que no detiene el desarrollo de la actividad investigativa
que compete a la Fiscalía General de la Nación sobre estas personas, tiene
efecto respecto a las órdenes de captura dictadas o que sean emitidas en contra
de José Aldinever Sierra Sabogal, José Vicente Lesmes, William Danilo Malaver
López, Alberto Cruz Lobo, Geovanny Andrés Rojas, Luis André Figueroa Marín,
Allende Perilla SandovalJosé Darley Malagón Jiménez y Henry Quiñones Angulo.
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