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viernes, 30 de diciembre de 2022

PROCURADURÍA DENUNCIÓ A JUEZA POR AUTORIZAR LIBERTAD DE VOCEROS DE PAZ

Se trata de Lilyan Bastidas, coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, en Bogotá, quien dio vía libre a la excarcelación de Santiago Márquez Charris y Adriana Bermeo Súa. 

La Procuraduría General de la Nación se fue con toda en sus reparos frente a la libertad de dos procesados por delitos durante las protestas de 2021, y este jueves denunció por presunto prevaricato por acción a la jueza que dio vía libre al procedimiento.

Fue Lilyan Bastidas, coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, en Bogotá, quien firmó las órdenes de libertad de Santiago Márquez Charris y Adriana Bermeo Súa. Según el ente de control, pese a que cuenta con un rol más administrativo que judicial, Bastidas autorizó la excarcelación, en lugar de un juez de control de garantías. 

“La denuncia fue radicada ante la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, al considerar que la funcionaria no tenía competencia para librar las boletas de libertad, y por el contrario se abrogó el conocimiento de la actuación sin dar traslado a uno de los jueces de garantías que se encontraban de turno, tal como lo indican las reglas de reparto establecidas”, explicó el organismo. 

La Procuraduría reclamó que la juez coordinadora “pasó por alto que las resoluciones remitidas por el Alto Comisionado para la Paz no dispusieron la suspensión de la detención preventiva, sino de las órdenes de captura”. Además, advirtió que en su decisión no dejó constancia de la norma que la facultaba para decretar su libertad. 

“La funcionaria debió realizar un análisis de fondo sobre la solicitud que se le planteaba para hacer el control que le correspondía, y no actuar como una simple tramitadora de una orden del Ejecutivo, que no contaba con asidero legal”, precisó la Procuraduría. 

El Ministerio Publico llamó la atención por las dilaciones a la hora de publicitar la decisión judicial y alegó que la libertad no fue notificada a los sujetos procesales que tenían interés en el asunto. “La señora juez coordinadora miró de soslayo dicho mandato con lo que también privó a los sujetos procesales, y particularmente al Ministerio Público, de la posibilidad de controvertir lo decidido”. 

Tamibien la Procuraduría radicó ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá una queja disciplinaria contra la funcionaria.

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