La representante Leyla Rincón en diálogo con Huila Hoy informó que en su condición de Representantes a la Cámara, de conformidad a lo establecido en el artículo 66 de la Ley 5 de 1992, y en unidad con otros colegas suyos, solicitan respetuosamente la conformación de la Comisión Accidental para la Verificación de las Garantías y Derechos Humanos de las Personas Capturadas en el marco de la Protesta Social, con el fin de crear un mecanismo de observación y seguimiento del cumplimiento de las garantías constitucionales de los líderes y lideresas sociales detenidos y generar un informe que contribuya a mejorar la labor legislativa en esta materia.
Teniendo en cuenta estas irregularidades, proponen que la Comisión tenga las siguientes funciones específicas:
Invitar a la
Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo, y a la Oficina
del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas
(ONU-DD.HH.) en Colombia, a participar en la elaboración del informe sobre
garantías y derechos humanos de los líderes y lideresas sociales que
actualmente enfrentan procesos penales derivados de hechos acontecidos durante
las protestas.
Identificar las personas procesadas por la Fiscalía General de la Nación (FGN) por la presunta comisión de delitos en ejercicio del derecho a la protesta realizada.
Identificar los casos de personas procesadas por la FGN que se encuentran bajo la imposición de medida de aseguramiento privativa de la libertad, con ocasión de la protesta social.
Revisar cada uno de los casos, conjuntamente con los defensores de los procesados, para analizar el estado en que se encuentran los procesos y establecer las posibles irregularidades cometidas durante el proceso y que puedan constituir violaciones de las garantías y derechos humanos de los procesados.
Poner en conocimiento de las autoridades y/o instituciones competentes de las posibles irregularidades halladas en el estudio realizado por la Comisión, y solicitar, en el marco de las leyes y la Constitución, la intervención a que hubiera lugar.
Elaborar un informe sobre la situación de las garantías constitucionales y derechos humanos de los líderes y lideresas que participaron de las protestas sociales y que hoy enfrentan procesos penales por ocasión de presuntos delitos cometidos en ejercicio del derecho a la protesta. Dicho informe debe contener recomendaciones de política legislativa en aras de fortalecer el sistema de derechos humanos colombiano.
Asimismo, la Comisión deberá analizar los casos de violaciones de derechos humanos cometidas contra las y los manifestantes en el contexto de las protestas, así como de las investigaciones penales y disciplinarias que se adelantan por estos hechos, emitiendo un informe y recomendaciones sobre el particular.
Las capturas registradas
se dieron haciendo uso de manera retroactiva de la nueva ley 2197 de 2022,
situación que es totalmente ilegal e inconstitucional y por eso se debe revisar
la captura y judicialización de estos jóvenes que participaron en el estallido
social durante el año 2021.
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